Dejan sin efecto la licitación del dragado de la Vía Navegable Troncal

18 marzo 2022

La Administración General de Puertos decidió reiniciar el proceso licitatorio. En el término de 20 días debe haber un nuevo proyecto de Pliego de Bases y Condiciones Particulares.


Ahora la AGP lanzará una licitación para el dragado y otra para el balizamiento de la hidrovía.


Redacción Argenports.com

   Luego de la publicación en el Boletín Oficial, la Administración General del Puertos resolvió dejar sin efecto la Licitación Pública N° 13/21, que tenía por objeto la contratación para realizar en dragado de mantenimiento de la Vía Navagable Troncal.

   El organismo a cargo de la administración del sistema de navegación troncal no convalidó finalmente la única oferta que había dejado en pie y que era la de la subsidiaria argentina de la belga Jan de Nul (Compañía Sudamericana de Dragados).

   En paralelo, la AGP también dictaminó sobre la licitación para el servicio de balizamiento de la hidrovía por 180 días en la que precalificó a la argentina Emepa como la mejor oferta y por eso ya quedó preadjudicada.

   En la resolución que “reinicia” la licitación de dragado se encomienda “a la Gerencia General de esta Sociedad del Estado confeccionar y elevar para su aprobación, en el término de veinte (20) días, un nuevo proyecto de Pliego de Bases y Condiciones Particulares, ajustando las disposiciones al contenido de las circulares aclaratorias emitidas en relación al mismo, y a lo expresado en los considerandos de la presente resolución”.

   Y sobre las razones de la decisión, se sostiene que “al quedar una sola propuesta en condiciones de ser precalificada para una segunda instancia de evaluación, se ha visto acotado el grado de participación real y efectiva pretendido por esta Sociedad del Estado, al frustrarse así la posibilidad de conocer mayor cantidad de ofertas económicas”.

   Pero para darle más solidez jurídica a la contratación de esos servicios, AGP lanzó una licitación para el dragado y otra para el balizamiento, servicios que serán transitorias hasta que se defina en otra instancia gubernamental (el ente de gestión y control de la Hidrovía que está en formación) una licitación de largo plazo con mejoras y obras de fondo. Y es esta licitación corta de dragado -por 180 días, prorrogable, y por u$s 80.280.000- la que este viernes quedó desierta.

Cuáles fueron las razones de AGP

   A la licitación corta de dragado se presentaron 4 ofertas quedando sólo Jan de Nul en pie ya que las otras tres no pasaron la oferta técncia. El siguiente paso era la apertura de la oferta económica, pero Empea impugnó la decisión.

  “Del análisis de las intervenciones de las áreas técnicas, surge que dichas presentaciones e impugnaciones se basan en interpretaciones divergentes en torno al alcance del Pliego de Bases y Condiciones que rigiera la licitación, tras haber presentado ofertas que no se ajustan a sus disposiciones, y aun habiendo esta Administración respondido ochenta y seis (86) preguntas y emitido (6) Circulares Aclaratorias en la ronda de consultas correspondiente”, dice la resolución de la AGP.

   “Al quedar una sola propuesta en condiciones de ser precalificada para una segunda instancia de evaluación, se ha visto acotado el grado de participación real y efectiva pretendido por esta Sociedad del Estado, al frustrarse así la posibilidad de conocer mayor cantidad de ofertas económicas. Y sin perjuicio de ratificar la validez de todo lo actuado en el marco de proceso de selección en trato, se estima oportuno y conveniente dejar sin efecto el presente llamado y convocar un nuevo procedimiento selectivo de ofertas con el mismo objeto, previo ajuste de las bases y condiciones que habrán de regir la compulsa, procurando un acortamiento de los plazos”, resalta la AGP.

   El organismo argumentó su decisión “teniendo en cuenta la vital importancia del transporte fluvio-marítimo para el comercio exterior, y su incidencia en la balanza comercial del país, corresponde ponderar la experiencia de los proponentes en la ejecución de obras de dragado en ámbitos de similares características e importancia a la Vía Navegable Troncal objeto de la concesión, ello a los fines de garantizar la elección del cocontratante que ejecute correctamente los trabajos que se liciten en función de su complejidad y extensión territorial”.